En la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la capital entrerriana se aprobó sobre tablas una ordenanza que ingresó in voce en el mismo plenario y resulta una de las más restrictivas del país en cuanto al uso del agroquímico.
Por Pablo Urrutia.
En la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la capital entrerriana, realizada el pasado jueves 30 de noviembre, los concejales aprobaron sobre tablas y por unanimidad un proyecto de ordenanza, autoría de la concejal Claudia Acevedo (Cambiemos), con el acompañamiento de los ediles Elsa Ermácora y Santiago Gaitán, mediante el cual “se prohíbe dentro del ejido de la ciudad de Paraná, la utilización, comercialización, circulación y aplicación en toda forma y de cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario, destinado a la fumigación o la fertilización agrícola, forestal o de espacios verdes, que contengan Glifosato y agroquímicos derivados, con el objeto de asegurar la protección de la salud humana y el medio ambiente”.
La presentación en el recinto, por parte de la bancada oficialista, causó cierta sorpresa ya que la norma contradice los argumentos del gobierno nacional, del mismo color que la intendencia, que sostiene que “el glifosato es inocuo”. El propio ministro de Agroindustria, Luis Etchevehere, fue el encargado de ratificar esa línea en una visita a la provincia inmediatamente posterior a la sanción de la norma y mientras ordenanzas similares esperan su tratamiento en los concejos deliberantes de Gualeguaychú y Concordia.
Quienes no dudaron en dar su apoyo a la iniciativa fueron los ediles del Frente Para la Victoria que, a través de uno de sus referentes, Enrique Ríos, propusieron el tratamiento sobre tablas del proyecto de Acevedo y acompañaron en bloque durante la votación.
La ordenanza finalmente aprobada generó ciertos chispazos dentro de la fuerza Cambiemos en la ciudad. La presidenta del cuerpo, Josefina Etienot, trató de advertir que no era aconsejable el rápido tratamiento que se le estaba dando al proyecto de Acevedo y aconsejó que el mismo pase por comisión. De haber sucedido así, la iniciativa de la bancada oficialista hubiese pasado para el próximo año, ya que difícilmente un proyecto de ese tenor hubiese sido incorporado en el temario de las próximas sesiones extraordinarias que tendrán lugar durante este mes.
Hubo rumores de un posible veto de parte del intendente Sergio Varisco, pro su inconveniencia política, lo cual hasta el momento no sucedió. También un medio especializado en trascendidos afirmó que la propia Acevedo habría escrito una carta al Intendente solicitándole el veto a la norma, pero lo cierto es que esa misiva nunca existió.
Una de las posibles objeciones es que la ordenanza prohíbe el transporte del Glifosato dentro del ejido, materia que no concierne a los municipios y que es un derecho consagrado en la Constitución Nacional, el de la libre circulación, toda vez que no sea una sustancia prohibida en el país. Esa sería una de las claves para derrumbar la norma cuya aprobación tuvo gran repercusión a nivel local, provincial y nacional en un momento en que en Entre Ríos el debate sobre el uso de agroquímicos y sus efectos sobre la población, es un tema más que candente.
De ser vetada por el Intendente, la situación se volverá una deuda hacia los ciudadanos y es de esperar que haya manifestaciones para que una propuesta similar, corregida, vuelva a ser tratada y aprobada por el legislativo local.
Los principales puntos de la ordenanza que prohíbe el glifosato en Paraná
La medida prohíbe dentro del ejido de la ciudad de Paraná, la utilización, comercialización, circulación y aplicación en toda forma y de cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario, destinado a la fumigación o la fertilización agrícola, forestal o de espacios verdes, que contengan Glifosato y agroquímicos derivados, con el objeto de asegurar la protección de la salud humana y el medio ambiente. También la limpieza de todo tipo de maquinarias y equipos utilizados para la aplicación de productos químicos o biológicos de uso agropecuario que contengan Glifosato y agroquímicos derivados, como asimismo el tránsito de máquinas de aplicación de dichos productos que no se encuentren descargadas y perfectamente limpias.
Además hace extensiva la prohibición al descarte o abandono de envases de cualquier tipo químico o biológico de uso agropecuario que contengan tal producto.
Entre sus disposiciones, la ordenanza considera usuario responsable a toda persona física o jurídica que sea propietario, poseedor, tenedor o explote en forma total o parcial un inmueble con cultivos u otra forma de explotación agropecuaria, forestal o de espacios verdes, con independencia del régimen de tenencia de la tierra.
Dicha responsabilidad alcanza asimismo a quienes “ejecuten las actividades de fumigación y/o fertilización, mediante el uso de aviones, máquinas terrestres y/o con otros elementos o formas de aplicación”.
Los propietarios de los inmuebles involucrados serán solidariamente responsables por las infracciones que se cometan en los mismos.
Las infracciones a las disposiciones establecidas, serán sancionadas con multas que van de 5.000 a 50.000 unidades de multa. Cada unidad es el equivalente al valor de 1 (uno) litro de nafta súper. Es decir que por infringir varias de las disposiciones contendidas en la ordenanza, el infractor podría llegar a pagar una deuda, como máximo, suprior al millón de pesos.
En virtud del aspecto colectivo de los derechos que se tienden a asegurar, cualquier persona, entidades o la Defensoría del Pueblo, podrán realizar denuncias, solicitar información y las intervenciones correspondientes, siendo de aplicación las prescripciones contenidas en el Código para el juzgamiento de Faltas, infracciones o contravenciones (ordenanza N° 5421).