Mar Del Plata: niegan juicio político al fiscal general Garello, acusado por delitos de lesa humanidad

El Jurado de Enjuiciamiento resolvió por mayoría clausurar el juicio político contra el ex Director de Inteligencia de la Policía bonaerense. El repudio de la Comisión Provincial de la Memoria. Irá a indagatoria el 13 de diciembre.

Este martes el Jurado de Enjuiciamiento resolvió por mayoría (6 a 2) no abrir el juicio político contra el actual fiscal general de Mar del Plata, Fabián Uriel Fernández Garello. La Comisión Provincial de la Memoria cuestionó la decisión y afirmó que «atenta contra la democratización de la justicia, y consolida pactos políticos que promueven la impunidad frente a graves delitos de lesa humanidad”. El actual jefe de los fiscales de la localidad bonaerense integró durante la dictadura la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (Dippba), entre los años 1978 a 1982 y es responsable por la desaparición de Ana María Martínez, en el marco de los delitos de lesa humanidad cometidos en la zona militar IV, delegación DIPPBA San Martín, donde actuaba el funcionario.

El jurado de enjuiciamiento estuvo presidido por Hilda Kogan, presidenta de la Corte Suprema. Sus conjueces titulares son: Alicia Racig (San Isidro), Eduardo Zimmermann, Horacio Hernández (San Martín), Leandro Adolfo Matilla (Zárate-Campana) y Hugo César Benardinelli (San Martín). En el proceso participaron los legisladores titulares Juan Allan (Cambiemos), Santiago Nardelli (Cambiemos), Hernán Albisu (UNA) y Lisandro Bonelli (UNA). El representante del FPV,  Avelino Zurro, no se hizo presente. Con los votos de los legisladores de Cambiemos y los del Frente Renovador, el tribunal decidió archivar las actuaciones desconociendo la imputación por crímenes de lesa humanidad que pesan sobre el ex-agente de la Dirección de Inteligencia de la Provincia de Buenos Aires durante la dictadura», precisó la Comisión Provincial por la Memoria.  Como fundamento afirmaron «que no fueron notificados por la Jueza Sandra Arroyo Salgado de ser imputado por algún delito, desconociendo el llamado a prestar declaración indagatoria por crímenes de lesa humanidad para el próximo 13 de diciembre».

Allan y Nardelli, de Cambiemos, Albisu y Bonelli del Frente Renovador, y los jueces Horacio Enrique Hernández (San Martín) y Alicia Cristina Racig (San Isidro) votaron contra el juicio político, mientras los conjueces abogados Leandro Adolfo Matilla y Eduardo Carlos Zimmermann votaron en minoría manifestando que “los elementos obrantes en la causa sí cumplimentan los requisitos del art. 26 de la Ley de Enjuiciamiento y que, por lo tanto, debía darse inicio al sumario”.

«La decisión cierra la posibilidad de investigar la actuación de un funcionario judicial que fue parte de la maquinaria del terrorismo de estado como “espía” de la Dirección de Inteligencia de la Policía bonaerense y da lugar a un pacto político de impunidad entre los bloques políticos de Cambiemos y UNA», denunció la Comisión. Se agregó que ni siquiera «consideraron que fuera necesario investigar las graves acusaciones contra Fernández Garello».

«La resolución iguala delitos comunes con delitos de lesa humanidad, e implica una grave regresión jurídica que desconoce leyes y pactos internacionales firmados por Argentina para la defensa de los derechos humanos», explicó la Comisión mediante un comunicado.
Fernández Garello omitió en su declaración jurada al ser designado Fiscal General haber sido agente de policía y prestar funciones como espía de la Dipba. Alega la supuesta obligación de no develar información por la aplicación de una normativa de la SIDE, aprobada durante el gobierno militar el 28 de febrero de 1973. «Estas argumentaciones son inaceptables en democracia, ya que la normativa emana de un gobierno de facto y además no alcanza a los agentes de la Dipba», se puntualizó.
Repudiaron que ni la Corte provincial ni la Procuración General de la Provincia en ejercicio de la superintendencia «adoptaron medidas para el apartamiento del Fiscal General de sus funciones». Se destacó que la separación preventiva del cargo que fue adoptada en otros casos de delitos comunes cometidos por magistrados «no se aplicó a Fernández Garello, que será indagado el mes próximo por su participación en delitos de lesa humanidad».

«Esta decisión formalista y regresiva atenta contra los principios republicanos de transparencia y democratización de la justicia, y da cuenta de una escasa voluntad política de transformación de las instituciones y de lucha contra las mafias enquistadas en las instituciones políticas y judiciales», se reclamó.

Fuente: Redeco