El abogado defensor de los Derechos Humanos e integrante de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, se refirió a la propuesta que tiene media sanción del Senado provincial y extiende el código contravencional al ámbito educativo y de salud.

Por Pablo Urrutia.
La semana pasada, la Cámara de Senadores de Entre Ríos, dio media sanción por unanimidad de los presentes a dos proyectos que amplían el alcance de la Ley de Contravenciones al ámbito de la escuela y de atención de la salud. La iniciativa ya fue girada a Diputados, que deberán analizarlas y decidir si aprueban definitivamente las modificaciones que tienen entre sus autores al senador Ángel Giano, jefe de la bancad oficialista.
En diálogo con el programa AgendaDeRadio que se emite de lunes a viernes por FM Radio de la Plaza (94.7Mhz), el abogado defensor de los Derechos Humanos y referente de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, José Iparraguirre, hizo un recorrido por la génesis de la Ley de Contravenciones, Nº3815, a la cual calificó como “incosntitucional, porque no existe una justicia de faltas”. Explicó que en las contravenciones, “quien juzga y condena es el Jefe de Policía y tiene sanciones altísimas”. En ese sentido, acotó que, “un contraventor tiene menos derechos que la persona que ha cometido un hecho delictivo” grave.
Iparraguirre, explicó que, “cada jurisdicción provincial establece su código de contravenciones, faltas o delitos policiales, con diferentes terminologías en cada una de las 24 provincias del país. En materia de delitos penales existe un Código Penal de fondo, que se aplica en todo el territorio y, en este caso, el legislador ha considerado que son conductas menores y por lo tanto con menos disvalor, deja a cada provincia la posibilidad de dictar su propia legislación”.
En ese sentido, aclaró: “En Entre Ríos tenemos la Ley 3815, que es una vieja ley del año 1952, que en realidad era el Reglamento General de la Policía de la provincia. En su primera parte tenía todo el funcionamiento y el organigrama de la policía que fue derogado por la Ley 5654, parcialmente, es decir se sacó todo lo atinente al funcionamiento policial y se dejó solamente el del régimen de faltas y contravenciones vigente en la 3815. Esa situación ya marcaba cual era el espíritu de esta ley, que es de carácter punitivo, que establece penas, que son penas importantes, y esto se dejaba a criterio de los legisladores provinciales”, indicó.
“Cuando uno analiza el régimen de contravenciones o faltas, incluido el de la provincia de Entre Ríos, lo primero que tiene que señalar es que esta Ley es francamente inconstitucional”, sostuvo y argumentó: “Porque no existe una justicia de faltas que pueda juzgar y condenar en materia de contravenciones. Sino que quien juzga y condena es el Jefe de Policía y tiene sanciones altísimas, puede disponer hasta 30 días de arresto en una comisaría por una contravención”, dijo.
“Los tipos contravencionales, para que tengamos una idea de lo que estamos hablando, son escándalo, hacer ruidos molestos en horas nocturnas, efectuar gritos en horarios que puedan molestar a los vecinos, la ebriedad”, explicó y agregó: “Es inconstitucional porque el Poder Ejecutivo se arroga funciones jurisdiccionales, es decir, rompe con la tripartición de poderes donde al poder Judicial es al único que le atañe juzgar y condenar conductas disvaliosas, en este caso con sanciones muy graves”.
El dirigente de Derechos Humanos, recordó que, “la única posibilidad que establece la Ley 3815, y es a partir de una reforma que hizo el doctor Raúl Barrandeguy cuando estaba de Fiscal de Estado, es la posibilidad de apelar ante el juez correccional en su momento, ahora son jueces de garantías, las sanciones que se establecían por parte del Jefe de Policía. Pero esto llevó a una situación de absoluta arbitrariedad, somos de las pocas provincias que no tienen una justicia de faltas, es decir que la propia policía juzga y condena en la mayor parte de los casos”, remarcó. “En estas situaciones no es necesario que intervenga un abogado defensor, por lo tanto un contraventor tiene menos derechos que la persona que ha cometido un hecho delictivo. Por ejemplo un homicidio grave por alevosía, desde un primer momento la persona va a estar sometida a un juez natural y va a tener presencia de un abogado defensor; en materia de contravención, una persona que hizo un escándalo, habló o cantó en voz alta en horas desafortunadas y esto molestó a alguien, puede ser detenido por la policía, puede ser alojado por 30 días en una comisaría, sin la asistencia de un abogado defensor”, cuestionó.
Iparraguirre planteó que “la génesis de esta situación es lo que hay que modificar”, y relató que, “en su momento hubo varios proyectos, incluso uno de la actual ministra de Gobierno, Rosario Romero, que se presentaron a tratamiento en la legislatura provincial y que lamentablemente no se puedo avanzar”. Aunque admitió que “ese proyecto de código, por un lado era muy malo porque establecía una enorme cantidad de tipos contravencionales, por ejemplo estaba el rin raje como contravención, pero sí podía haber otros tipos contravencionales más graves, que no constituyen delito, pero si representan una situación de afrenta a los vecinos que se podía establecer”, aclaró.
La lucha de los organismos de DDHH
José Iparraguirre, dirigente del Partico Comunista e integrante de la Liga Argentina de los Derechos del Hombre, destacó que “una lucha que hicimos como organismos de Derechos Humanos fue derogar el artículo 41 del código, que era el que penalizaba la prostitución en personas adultas que, por su propia voluntad, sin ningún tipo de coerción, ejercían la prostitución. Y con eso le sacamos en su momento una da las cajas chicas a la policía que establecía un alarmante nivel de corrupción y a la vez daba lugar a situaciones gravísimas de violencia, abusos sexuales, etc. Muchos decían: no, se va a llenar de prostitutas la provincia, y la verdad es que esto no sucedió de ninguna manera y logramos mayores garantías individuales”, aseguró.
“Estoy de acuerdo con que exista un código de contravenciones pero con muy pocos tipos contravencionales, que deberían ser muy bien analizados, pero a su vez es indudable que resulta necesario que haya una justicia de faltas”, señaló el abogado y agregó que, “en su momento se pretendió tirarles el tema a los jueces de faltas municipales, lo que es un mamarracho. Obviamente se opusieron, los jueces de faltas municipales analizan y juzgan cosas relativas a violaciones de leyes de tránsito, multas, etc. y no en el marco de una ley provincial en la cual no tienen ningún tipo de competencia. Entonces hay que avanzar en una justicia de faltas a fin de que el contraventor tenga, al menos, los mismos derechos que tiene la persona que ha cometido un hecho delictivo grave”, planteó.
Contravenciones en escuelas y hospitales
“Me parece gravísima esta situación”, señaló Iparraguirre sin rodeos, porque “si hay algo que hemos defendido en el marco de la educación pública y de las instituciones estatales es la no intervención de las fuerzas policiales o de seguridad dentro de las mismas, a no ser que se hayan cometido hechos delictivos graves”, apuntó. A su vez, sostuvo que “siempre la comunidad académica o la comunidad de los nosocomios estaban en condiciones de poder resolver cuestiones menores, estamos hablando de contravenciones, entonces facultar en virtud de la Ley de Contravenciones a que ingrese en la escuela personal policial para atender situaciones de niños o adolescentes, personas que no son adultas, es grave”, analizó.
Para el abogado, “es una situación que violenta las garantías individuales y no es necesario”.
“Se está sentando un precedente grave”, alertó.
Al respecto, analizó que “si ocurre un homicidio dentro de una escuela o un hospital, obviamente que interviene la policía. Obviamente que cualquier funcionario público en ejercicio de sus funciones al ver que existe un hecho en flagrancia, puede ingresar. Pero para contravenciones, para cuestiones menores, allí hay que hacer un replanteo de la propia comunidad educativa y ver cómo están funcionando los equipos técnicos de contención de los jóvenes en las escuelas. Uno no le escapa a que hay una situación de mayor violencia dentro de los ámbitos escolares, pero allí se debería encarar desde otro lado, no desde una posición punitiva, y menos que menos dándole una intervención irrestricta dentro de un establecimiento escolar a las fuerzas policiales”, sostuvo.
Según José Iparraguirre, la problemática de la violencia en las escuelas debería encararse desde otra perspectiva: “Hay equipos técnicos que actualmente existen. Todas las escuelas tienen equipos de profesionales, tutores, trabajadores sociales, psicólogos, que están allí para atender cualquier demanda de la comunidad educativa que sean de situaciones de violencia u otras cuestiones que emergen, sean de padres, de alumnos, de docentes o no docentes”, dijo y aseguró: “Tienen que intervenir los equipos técnicos que están a cargo del Concejo General de Educación, y en todo caso si hace falta mayor cantidad de profesionales para atender este tipo de problemáticas habrá que incorporarlos”, observó.
“Obviamente si llegamos a una situación de hecho un delictivo grave, siempre queda la posibilidad de la presentación ante la justicia penal de menores por parte de los directivos de la escuela o ante el Copnaf (Concejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia) para evaluar situaciones más gravosas. Pero hay personal idóneo, psicólogos, trabajadores sociales, psicopedagogos, etc”, mencionó.
Por último, José Iparraguirre, admitió que, “no decimos que sea fácil, pero estaríamos cerrando y muy mal si pretendemos resolver los conflictos sociales, que cada vez son más graves, porque son producto de la pobreza, de la marginación, que tienen que ver con los planes de ajuste, por la vía punitiva. Esto demostró su más absoluto fracaso y en el caso del ámbito escolar, de adolescentes, preadolescentes y niños y niñas, nos parece un gravísimo error”, finalizó.