El estado entrerriano protegerá y preservará pastizales naturales

Entre Ríos declaró de interés provincial la conservación, defensa, preservación, mejoramiento, aprovechamiento y protección de los pastizales naturales, que se encuentren bajo el dominio público o privado, por constituir un patrimonio natural de importancia socioeconómico.

La norma entiende por pastizales naturales todo ecosistema definido como campo natural, en el que la comunidad herbácea está dominada por distintas especies nativas de la familia de las gramíneas, con cobertura de especies leñosas que no supere el 30% del ecosistema observado, a excepción de las consideradas especies exóticas invasoras.

Se considera pastizal natural sustentable al área que produce  forrajes con predominio o dominancia de pasturas nativas de la familia de las gramíneas, arbustos ramoneables, herbáceas o mezcla de éstas. Este valor forrajero, constituye un recurso natural renovable.

En ese marco, se aseguró que la sustentabilidad de los pastizales naturales, está directamente relacionada a la preservación del recurso natural y el ambiente productivo, constituyéndose como la concepción de un plan de manejo conservacionista, eficaz y eficiente, para el aprovechamiento del recurso como los pastizales naturales.

La ley busca así proteger la totalidad de ambientes naturales y especies de la provincia, preservando su carácter de bancos genéticos, de reguladores ambientales y de fuentes de materias primas, mejorando cuando corresponda, su productividad; conservar en su lugar de origen los recursos genéticos; cuidar los ecosistemas ambientales y hábitat terrestres y acuáticos que alberguen especies migratorias, endémicas, raras, amenazadas y de uso comercial.

Además, se pretende mantener la diversidad biológica, genética y los procesos ecológicos y evolutivos naturales.

Por otro lado, se realizarán investigaciones en los pastizales naturales tendientes a encontrar opciones de modelos y técnicas para el desarrollo sustentable. Precisamente, se apuesta a minimizar la erosión de suelos y mantener bajo manejo protectivo o recuperativo, según corresponda, aquellos espacios que constituyen muestras de grandes eco sistemas terrestres y paisajes y formas de relieve singulares o únicos.

Quienes realicen cortes o aprovechamientos no autorizados de los pastizales naturales serán pasibles de sanciones o multas.

Las reincidencias en las infracciones motivarán que el monto de la multa se duplique, triplique y así proporcionalmente. Pero no se considerará reincidencia la infracción cometida después de los cinco años.

 

Fuente: El Heraldo