El período de receso administrativo municipal se considera inhábil a los efectos del trámites de expedientes, reclamos o recursos; se extenderá hasta el 18 de enero de 2019.
El Departamento Ejecutivo Municipal dispuso mediante Decreto 2.237 un período de receso administrativo para el personal de la Administración Municipal a partir 2 al 18 de enero de 2019, ambos inclusive, en el que se debe gozar obligatoriamente de la Licencia Anual Año 2018, en la proporción correspondiente.
En los casos de agentes que cuentan con licencias reconocidas, pendientes de uso, correspondientes a los calendarios anuales anteriores, deben gozar de las mismas en forma obligatoria y previa a la del presente año, como así también en los francos compensatorios que le fueran otorgados.
Las Secretarías que conforman el Gabinete Municipal, a través de los responsables de las áreas a su cargo, adoptaron los recaudos pertinentes que hacen a la prestación de los servicios esenciales y aquellos que se consideren ineludibles, a los efectos de no resentir la correcta prestación de los mismos.
El período de receso es considerado inhábil a los efectos del trámite de expedientes, reclamos o recursos.