Luego del fallo del Superior Tribunal de Justicia sobre el uso de contaminantes a mil metros de escuelas rurales, la Fiscalía elevó un recurso para que el caso llegue a la Corte. Si es rechazado, se adelantó la posibilidad de un recurso de queja.
El pasado 29 de octubre la Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ confirmó en parte la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná que inhabilitó el uso de agrotóxicos en cercanía a escuelas rurales. En aquella instancia, fueron los jueces Daniel Carubia, Miguel Ángel Giorgio y Claudia Mizawak, asistidos por Noelia Ríos, en el marco de la Causa Nº 23709, caratulada “Foro Ecologista de Paraná y otra C/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otro S/ Acción de Amparo” quienes no dieron lugar al primer amparo presentado por el Estado provincial. Luego que el Superior Tribunal de Justicia confirmó ese fallo, el Gobierno provincial elevó un recurso extraordinario este miércoles con el fin de suspender su vigencia. La Fiscalía de Estado adelantó que si el STJ rechaza el planteo se presentará un recurso de queja, para llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Recordemos que la sentencia dictada por el vocal de la Cámara Segunda de Paraná, Sala II, Oscar Daniel Benedetto, admitió parcialmente la acción, prohibiendo la fumigación terrestre con agrotóxicos en un radio de mil metros (1.000) alrededor de todas las escuelas rurales de la Provincia de Entre Ríos, y la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros (3.000) alrededor de dichos establecimientos educativos; todo ello, hasta tanto se determine por las áreas estatales específicas que se obtendrán idénticos efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los mismos con distancias diferentes.