El juez de Garantías había dispuesto un cuarto intermedio hasta este 1 de octubre para definir sobre la causa contra el intendente de Paraná, Sergio Varisco, por los delitos de negociaciones incompatibles y defraudación.
El juez de Garantías Ricardo Bonazzola, había dispuesto un cuarto intermedio hasta mañana 1 de octubre para definir si eleva o no a juicio oral la causa contra el intendente de Paraná, Sergio Varisco, por los delitos de negociaciones incompatibles y defraudación, en el marco de la causa conocida como “Mutual Modelo”. En el expediente también están acusados el secretario Legal y Técnico, Walter Rolandelli, y el presidente de la mutual, Ángel Emilio Picazzo. Fiscalía consideró que están probados los hechos y las participaciones, mientras que las defensas hicieron planteos de nulidad y sobreseimiento de los acusados.
Bonazzola tendrá que decidir mañana lunes si atiende el pedido de la Fiscalía para que el caso llegue a un juicio oral y público o si acepta los planteos de las defensas para declarar la nulidad de lo actuado o, en su defecto, sobreseer a los imputados.
Vale recordar que la audiencia de remisión a juicio del pasado 13 de septiembre se extendió por más de cuatro horas, durante las cuales la Fiscalía, a cargo de Patricia Yedro, y la querella particular, en manos de Rocío Rivero (representante del denunciante Gustavo Guzmán, diputado provincial por el justicialismo), y las defensas técnicas de Picazzo (Emilio Fouces y Miguel Ángel Cullen); y de Varisco y Rolandelli (Rubén Pagliotto y Damián Petenatti) expusieron sus argumentos en la causa iniciada por el frustrado giro de 1,5 millones de pesos de las arcas municipales a la Mutual Modelo.
Picazzo y Rolandelli asistieron a la audiencia, no así Varisco. Entre el público se observó a su hija Lucía y al Fiscal de Estado municipal Francisco Avero. También estuvo durante gran parte de la audiencia el diputado Guzmán, cuya denuncia generó la causa.
La acusación
Yedro, en representación del Ministerio Público Fiscal, abrió la audiencia exponiendo las razones que llevaron a la Fiscalía a reclamar que los acusados sean llevados a juicios.
La Fiscal destacó que con la investigación penal preparatoria terminada, la prueba recabada era suficiente para probar la materialidad de los hechos y para sostener las acusaciones contra Varisco, como autor, y Picazzo y Rolandelli, como partícipes primarios de los delitos que se les imputaron por intentar favorecer a la Mutual Modelo en $ 1,5 millones de pesos a través de un giro de fondos municipales a cuenta de los descuentos que se le iban a hacer a los empleados municipales que tenían créditos tomados en la mutual.
Yedro recordó los hechos que llevaron a iniciar la causa. La operatoria, según entendió la Fiscalía, se dio en un mismo hecho con dos fases.
Comenzó con un pedido de la mutual para acceder a estos fondos que habría tenido observaciones de la Contaduría municipal, pese a lo cual se siguió adelante con el argumento de que la empresa estaba en problemas financieros, argumento que no había sido esgrimido por la mutual al momento de hacer la solicitud y que tampoco, subrayó Yedro, fue corroborado por el Municipio.
Pese a esto, y a fin de solucionar problemas formales del pedido, la Mutual Modelo inició un nuevo expediente con el mismo fin: hacerse del dinero. Este fue el inicio de la segunda fase, que concluyó cuando con la investigación en marcha se decidió poner fin a la operatoria.
Yedro sostuvo que Varisco y Rolandelli, como funcionarios públicos a partir de los decretos que afectaron el dinero a la mutual, hicieron utilización de fondos estatales en convenios que eran convenientes para Picazzo.
La Fiscal resaltó que la facultad disponer de fondos no forma parte de las prerrogativas que tiene el Intendente, quien solo puede hacerlo mediante normativas vigentes (ordenanza o ley). Asimismo, resaltó que hacer mutuos no es una facultad de la Municipalidad, que no es un agente financiero. Los convenios, además, pusieron al municipio como agente obligado al pago, apuntó.
Del mismo modo, señaló que esta operatoria, que según la defensa se había venido realizando con anterioridad en gestiones municipales previas, no guarda relación con ellas y no son similares.
Además, la Dra. Rocío Rivero en representación del diputado justicialista denunciante Gustavo Guzmán, esgrimió el factor temporal a la hora de apuntalar la acusación en contra de Varisco y Picazzo.
Este factor, dijo, habla de la premura que le puso el intendente al trámite, que muestra el manifiesto interés de beneficiar a la mutual. El inicio de la maniobra fue 18 enero de 2016, cuando Picazzo formula la petición del dinero. El 22 de enero Varisco y Picazzo suscriben el primer convenio, con irregularidades señaladas por la Contaduría municipal y ese mismo día el Intendente firma el decreto, que ratifica el convenio.
Asimismo mencionó que el último decreto de Varisco, del 7 de julio cuando da por caída la operación y suspende el pago a la mutual, se dio cuando la investigación judicial por el hecho estaba en marcha. En otro tramo de la audiencia, Pagliotto reconoció que fue él quien asesoró a Varisco y a Rolandelli para que dicten esa norma a fin de evitar males mayores.
Rivero apuntó además a que la crisis de la mutual no era cierta, por la cantidad de trabajo que mantiene con el Estado y a que el móvil de la maniobra fue un acuerdo político que databa de la campaña electoral para financiar la candidatura de Varisco.
Según hilvanó, la Mutual Modelo a través de Adrián Bruffal, tesorero de la entidad, hizo un acuerdo con el Intendente en que describió en tres etapas: 1: la mutual financia la campaña; 2 se incorpora a Marta Zuiani (pareja conviviente de Bruffal) a la lista de concejales como contraprestación y 3 beneficiar a la mutual con el giro de los recursos que generaron la demanda.
Este es el “convencimiento de la querella”, dijo, tras lo cual señaló que la nota inicial presentada por Picazzo, lleva también tiene la firma de la concejala Zuiani además de la del presidente de la Mutual Modelo, en una suerte de aval a la operación.
La querella pidió la absolución de Rolandelli en la inteligencia de que con su dictamen o sin él, Varisco hubiera avanzado igual con la operación. Las defensas también se manifestaron del mismo modo, pero la Fiscalía resolvió mantener el pedido de imputación como partícipe por considerarlo una pieza necesaria en el proceso.
Luego, los defensores pidieron que se excluya a la querella de la causa, ya que cuando se trata de delitos contra la administración pública, solo puede actuar el Ministerio Público Fiscal. Fiscalía adhirió al planteo, que será uno de los primeros que tendrá que resolver Bonazzola.
La defensa
Los planteos de los abogados defensores se centraron en cuestiones de forma que impedirían un adecuado ejercicio de la defensa de los acusados. Por ello requirieron anulación de la causa o en su defecto, que se los absuelva.
Fouces y Cullen, abogados de Picazzo, fueron los primeros en hablar y argumentaron que al momento del pedido, la Mutual Modelo era acreedora de la Municipalidad por casi 6 millones de pesos. Para llegar a este saldo inicial, evaluaron que la mutual tenía créditos dados por 6 millones de pesos a los empleados municipales que la Municipalidad iba a retener de la masa salarial en los primeros días de cada mes y depositarle a los 10 días. Por eso entendieron que no era un préstamo lo que se requirió, sino un adelanto y además no existió perjuicio para el municipio, indicaron.
Cullen fue el más incisivo a la hora de mencionar fallas formales tanto en la imputación de delitos (aseguró que la negociación incompatible se contrapone con la defraudación, por lo que se persigue en cada caso), como en el planteo acusatorio que hizo la Fiscalía, lo que vulnera las garantías de defensa. Además, sostuvo que su defendido obró realizando una “petición ante las autoridades”.
En la misma línea, Pagliotto (que argumentó a favor de Varisco, mientras que Petenatti lo hizo por Rolandelli) sostuvo que existió un “caos en la elección de figuras punitivas en el planteo de la Fiscalía” que lleva a una situación donde el defensor no sabe de qué defender a su pupilo.
Petenatti, a su turno, destacó que la intervención de Rolandelli, conforme al marco legal vigente, fue a través de un dictamen facultativo, no obligatorio ni vinculante para el Intendente.
Al cierre, y antes de las contestaciones de Fiscalía a los planteos de las defensas, habló Rolandelli. “Soy inocente, soy un abogado que cumple su tarea”, aseveró, al tiempo que intentó despegarse de toda la operación diciendo que hizo el dictamen utilizando tiempos verbales “en potencial”.
Fuente: APF