Sancionada en 1952, la arbitraria legislación 3.815 naturaliza la represión a personas en situación de calle, jóvenes de distintos barrios, mujeres trans y travestis, y la detención sin intervención judicial.

Por Mariano Osuna
La legislación sobre contravenciones en Entre Ríos es una deuda estructural. Arcaica y represiva, con los años se transformó en una herramienta de violencia institucional. Según el rostro, el color de piel, la vestimenta, el peinado y el barrio de procedencia, las fuerzas de seguridad tienen distintos elementos legales que legitiman cualquier detención arbitraria; no tan diferente al escenario que se vivencia cotidianamente.
El año pasado Agenda Abierta informó una serie de denuncias de personas en situación de calle a los que la policía los apresaba a la salida de sus barrios o en las cuadras donde cuidaban y lavaban coches para sobrevivir. El circuito continuaba en la comisaría quinta y en algunos casos, luego de distintas torturas, eran llevados al Hospital Escuela de Salud Mental. El abuso no termina ahí sino que en muchas situaciones los propios efectivos esperaban el final de la jornada, levantaban a los jóvenes en situación de calle, le robaban el poco dinero logrado en el trabajo informal y lo llevaban a la comisaria quinta. Una rutina naturalizada de violencia. También este portal reprochó el tratamiento a personas trans y travestis, a personas en situación de prostitución y a jóvenes de diversos barrios, amedrentados solamente por vivir en zonas populosas de la capital provincial.
La legislación, que cumple 66 años de inexplicable vigencia, penaliza a personas en situación de ebriedad, de desorden, de escándalo, en juegos prohibidos, de prostitución, entre otras referencias estigmatizantes, poco precisas, que sólo aportan el marco legal a las detenciones arbitrarias y el abuso policial.




La normativa da todo el poder a la policía provincial, sin necesidad de intervención judicial. Aunque con algunas reformas en 2003 y otras ampliaciones respecto a la educación y la salud en 2017, la legislación continuó siendo el marco legal para distintas detenciones arbitrarias. Sólo por citar un ejemplo, cuando habla de «desorden» en el artículo 42 se refiere a «los que disputan en alta voz; los que riñen sin uso de armas no inferirse lesiones; los que profieran gritos; los que, después de las doce de la noche, perturben con gritos, cantos o ruidos la tranquilidad del vecindario desde las calles; los que se reúnen tumultuosamente en defensa de alguna persona para estorbar la acción policial, y en general los que causan alarma o perturban el orden en los sitio públicos». La conceptualización que atraviesa esta contravención es amplia, vaga e imprecisa, dejando al espacio de las interpretaciones su funcionamiento, ejecución y cumplimiento.
En 2016, organizaciones comunitarias, encabezadas por el dispositivo Casa Solidaria, se movilizaron hacia Plaza 1 de Mayo denunciando la violencia policial y el circuito de abuso hacia personas en situación de calle. Distintos sectores políticos e institucionales, espacios judiciales, de la Defensoría del Pueblo, de la comunidad académica y organismos de derechos humanos coincidieron y coinciden en la necesidad de derogar la normativa y avanzar en otro tipo de legislación, aunque nunca se instaló como prioridad de las agendas legislativa y gubernamental, salvo alguna excepción sin mucho alcance.
Agenda Abierta entrevistó el año pasado a Claudio, una persona en situación de calle, asesinada tiempo después en sucesos no esclarecidos. En aquel momento, resguardando su identidad, el hombre que cuidaba coches en calle Corrientes denunció la situación cotidiana que vivía entre amenazas y torturas. Incluso, en alguna oportunidad, a este cronista le tocó presenciar la hostigación de las fuerzas de seguridad en una problemática donde la respuesta y el abordaje del Estado debería ser otro, desde la restitución de derechos. En esa misma situación estaba G, quien actualmente sigue trabajando en su cuadra céntrica, y todas las noches lo esperaban uniformados a metros de su casa para detenerlo. La misma persona que terminó internada el año pasado en el Hospital San Martín tras la represión policial.
El narcomenudeo en la misma dirección
Por estos días se encuentran noticias policiales en distintos medios locales sobre detenciones y allanamientos por narcomenudeo, otra herramienta que legitima la violencia institucional. Con un sistema que penaliza el autocultivo, que judicializa a personas que utilizan la cannabis con un fin medicinal y que culpabiliza mediante contravenciones a quienes son consumidores, se expone la faceta represiva en lo cotidiano sobre los eslabones más débiles de un negocio que les cierra a pocos, rara vez molestados por el poder de turno.
La función de tóxicos en indispensable en este circuito. Cada vez que ven jóvenes en una plaza tomando una cerveza o fumando un cigarrillo de marihuana, la policía los levanta y los amenaza con detenerlos si no los acompañan como testigos a un operativo por drogas. Esta dinámica es recurrente, también naturalizada por un sistema judicial que lejos de atacar el narcotráfico garantiza violencia a los sectores más vulnerados de la sociedad.
A 66 años de su puesta en vigencia, la legislación de contravenciones solo muestra las falencias del poder judicial y la defensa de un modelo represivo donde la pobreza se condena como un delito. Y además, donde los hechos ratifican que no hay voluntad política de debatirlo y modificarlo, desde una perspectiva casi opuesta al espíritu de su sanción en 1952.
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