El Superior Tribunal de Justicia absolvió al abusador Carlos Antonio Ríos

El bioquímico de Concordia había sido condenado en todas las instancias por abuso sexual agravado a sus dos sobrinas de seis años, aunque Daniel Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Giorgio determinaron la prescripción de la causa.

El Tribunal. Foto: El Día Online

 

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos sobreseyó al bioquímico de Concordia, Carlos Antonio Ríos, condenado por «abuso sexual gravemente ultrajante agravado en concurso real”, ya que se consideró que la causa prescribió. El hombre de 62 años había sido condenado por el abuso continuado hacia dos sobrinas en la década de los noventa cuando tenían seis años. La lectura completa de la sentencia será el próximo 23 de mayo. La palabra de una de las denunciantes.

La sentencia a Ríos había llegado hasta Casación, pasando por las instancias judiciales previas. En la última posibilidad del condenado, el Superior Tribunal de Justicia dio lugar al pedido de impugnación extraordinaria interpuesto por la defensa del abusador y determinó la absolución en sus tres delitos consumados.

La noticia se conoció el pasado 21 de abril, fecha del fallo de Daniel Carubia (presidente), Claudia Mizawak (Vocal) y Miguel Giorgio (vocal), y se dará lectura completa el próximo 23 de mayo, a partir de las 12.30 hs.

Parte del fallo. Foto: Diario Junio

 

Luego de muchos años, las víctimas pudieron expresar el dolor cotidiano que vivenciaron  y sufrieron entre el mes de marzo de 1993 y el mismo mes de 1997. Fue en el año 2005 cuando las hermanas decidieron denunciar al abusador por los hechos que realizó en el domicilio de calle San Juan, en Concordia, desde que las niñas tenían 6 años, durante dos días todas las semanas.

En el medio de la determinación del Poder Judicial de dejar sin efecto la causa judicial contra el abusador, se dio la polémica por la denominada Ley Piazza, vigente desde el 2011, que establece que los años para evaluar la prescriptibilidad en estos casos se da luego que las víctimas cumplen 18 años. Los magistrados cuestionaron esa posición y remarcaron que no se puede hacer retroactivo el fallo ya que la mencionada legislación es posterior.

En esa línea, el Tribunal cuestionó el accionar de la vocal de Casación, Marcela Davite, y explicó que «queda atrapada en una falacia haciendo una aplicación retroactiva de la Ley Piazza». Se agregó que «ese voto en sí es inválido».

Cuando tuvimos la edad y la entereza suficiente para poder hacerlo, la Justicia nos dice que ya fue hace mucho»

Luego que se conociera el fallo, una de las sobrinas que denunció y sufrió los abusos de Ríos explicó que les «costó mucho ir a denunciar. En ese momento éramos menores y después cuando tuvimos la edad y la entereza suficiente para poder hacerlo, la Justicia nos dice que ya fue hace mucho». En declaraciones a Radio Ciudadana (FM 89.7) denunció que «es injusto”.

«Siento mucha impotencia», lamentó una de las sobrinas. “Mucha desilusión y mucha furia», continuó.»Esta persona está tranquila y yo no lo estoy, no lo estamos”, reclamó.

Recordó que esta persona «no es inocente», sino que «sale beneficiado por un tecnicismo judicial”. Por último expresó que “le puede pasar a una persona que tiene una violación a los 16 y lo puede contar recién a los 40 porque es todo un proceso interno, emocional, psíquico. Es indescriptible y solo las personas que lo viven pueden saberlo”.