Brian Montenegro, de 22 años, fue condenado por asesinar su ex pareja, Débora Díaz, quien estaba embarazada. Los jueces consideraron que el acusado no cometió un feminicidio porque declaró que la víctima le dijo, antes de matarla, que tenía una relación con otro hombre. Ya tenía restricción.
De manera insólita, un Tribunal de San Isidro violó todas las legislaciones sobre derechos humanos, violencia de género y feminicidios, y decidió reducir la condena del feminicida Brian Montenegro, que asesinó a su mujer a puñaladas, reivindicando conceptos arcaicos, violentos y machistas como «drama pasional» o «emoción violenta. Federico Guillermo Ecke y Osvaldo Rossi fueron los jueces que reivindicaron el fallo, incluso desmintiendo la violencia de género cotidiana que sufría Débora cuando el asesino ya tenía restricción para acercarse a su pareja.
En el juicio se habló de cuchillos, amenazas, golpes, escenas de celos. Había una exclusión del hogar contra el hombre, tres denuncias por violencia, una declaración en Cámara Gesell de los niños y hasta una perimetral. Nada de eso fue considerado violencia de género por los jueces Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro, en un fallo que retrocede en materia de derechos humanos. El feminicida, Brian Montenegro, logró una reducción de su condena y la omisión intencional del Poder Judicial de no contemplar que a Débora la asesinaron por ser mujer.
En la sentencia dijeron que el acusado estaba “profundamente enamorado” y tomaron en cuenta un testimonio en el que se lo calificaba como “un nene de mamá” y a ella como “una madre de tres hijos”, mayor que él. “Estaba profundamente enamorado de la víctima, a pesar de sus escasos veinte años recientemente le había propuesto unirse en matrimonio. Estaba angustiado por la actitud expulsiva de su amada, intentó dialogar con la misma, pero la afirmación reseñada, en tales términos, mermó su capacidad reflexiva”, dice un pasaje de la sentencia. Así de impune y machista aparece el fallo del Tribunal de San Isidro.
Montenegro fue condenado a 22 años de cárcel. El día del crimen, Débora estaba con sus hijos de 11 y 6 años y el bebé que había tenido con él. Los jueces Federico Guillermo Ecke y Osvaldo Rossi señalaron en la sentencia que sólo se pudo probar que había una relación de pareja, pero no violencia de género. El magistrado Hernán San Martín, votó en disidencia y descartó la “emoción violenta”, término machista utilizado para justificar la violencia de género, el patriarcado y los feminicidios diarios. No existen amores que matan, existen violentas feminicidas.
Aquel 22 de febrero de 2016 el asesino logró entrar por la fuerza en la casa de Pilar. Tenía una orden de exclusión por haberla golpeado. Una vez adentro, la encerró, discutieron y le dio siete puñaladas. Los hijos vieron todo. “El acusado, en su primer acto de defensa, al ser consultado sobre el motivo de su actuar, mencionó que sintió impotencia por lo que le contaba su ex pareja, que se burlaba de él”, dijeron los jueces.
En el juicio una de las hermanas de la chica declaró que Montenegro la había atacado con una picana. Otra contó que se lo había cruzado en la calle, que Montenegro estaba borracho y que le dijo que la iba a matar porque Débora no quería volver con él. Otra testigo contó que Montenegro dijo que sabía que su ex mujer estaba con otro hombre, un policía. “Si la quisiera matar, ya la hubiese matado”, le dijo. Horas más tarde, la asesinó.
Fuente: El Ciudadano Web