El Órgano de Revisión de Salud Mental de Entre Ríos cuestionó en duros términos la reforma del Gobierno nacional

Los integrantes del organismo encargado de proteger y promover los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud mental, cuestionaron que la reforma reduce la concepción de la salud mental a una perspectiva biologicista, reinstala el manicomio y admite el aislamiento.

La adhesión de la provincia a la Ley 26657, fue un largo reclamo en Entre Ríos.

El Órgano de Revisión de Salud Mental de Entre Ríos, integrado por la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos; la Secretaria de Justicia; el Ministerio Público de la Defensa; la Asociación de Usuarios, Familiares y Amigos de la Salud Mental (AUFASaM); el Colegio de Psicólogos de Entre Ríos, y la Asociación Hijos Regional Paraná, en representación de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos, manifestó su rechazo al proyecto de reforma del Decreto (603/2013) reglamentario de la Ley 26.657, que impulsa el Gobierno nacional.

En un documento recientemente emitido por el organismo, requieren al Poder Ejecutivo Nacional “que no avance en proyectos”, como el de la reforma en cuestión, por considerar que “menoscaban las conquistas en materia de derechos humanos”.

Sostienen que la iniciativa oficial, “desconoce y viola todos los procesos de construcción participativa sostenidos durante años; la Constitución Nacional y las normas internacionales a las que nuestro país adhirió desde hace más de un cuarto de siglo; y la Ley Nacional de Salud Mental y el Código Civil y Comercial Nacional”. Además señalaron que, reduce la concepción de la salud mental a una perspectiva biologicista, reinstala el manicomio, el aislamiento y el concepto de peligrosidad y sustituye la voluntad de las persona por el modelo tutelar.

La construcción participativa

El Órgano de Revisión de Salud Mental de la Provincia de Entre Ríos, quedó conformado recientemente para su primer período de funcionamiento (dos años a partir de la publicación en el Boletín Oficial), y está integrado por la Asociación de usuarios, Familiares y Amigos de la Salud Mental (AUFASam), el Colegio de Psicólogos de Entre Ríos y la Asociación H.I.J.O.S. Regional Paraná. En tanto que los integrantes permanentes del organismo oficial son la Dirección de Salud Mental de la Provincia, la Secretaría de Justicia y el Ministerio Público de la Defensa.

Su objetivo es proteger y promover los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud mental, de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial Nº 10445, de adhesión a la Ley Nacional Nº 26.657 de Salud Mental y su Decreto Reglamentario 603/13.

Entre algunas de sus funciones se destaca la de supervisar de oficio o por denuncia de particulares las condiciones de internación, prácticas o abordajes en el ámbito público y privado, controlar el cumplimiento de la Ley de Salud Mental, en particular en lo atinente al resguardo de los Derechos Humanos de los usuarios del sistema de salud mental, y velar por el cumplimiento de los derechos de las personas en proceso de determinación de la capacidad jurídica.

Documento completo del Órgano de Revisión de Salud Mental

La Ley Provincial N° 10445, que adhirió a la Ley Nacional 26.657 y su Decreto Reglamentario 603/2013, tienen por objeto proteger y promover los derechos humanos de las personas usuarias del sistema de salud mental, desde una mirada que parte del reconocimiento de la complejidad y necesidad de la integralidad del abordaje.

El Órgano de Revisión de Salud Mental Provincial, creado por esta ley, reconoce como uno de sus pilares fundantes su independencia e imparcialidad y bajo estos principios, se dispuso que su conformación sea interdisciplinaria, intersectorial, en definitiva participativa y plural, respondiendo a las garantías propias de un Estado de Derecho Constitucional y Democrático.

Partiendo de estos lineamientos surge con alto grado de preocupación el proyecto de reforma del Decreto (603/2013) reglamentario de la Ley 26.657, por cuanto el mismo desconoce y viola:

* Todos los procesos de construcción participativa sostenidos durante años.

* La Constitución Nacional y las normas internacionales a las que nuestro país adhirió desde hace más de un cuarto de siglo.

* La Ley Nacional de Salud Mental y el Código Civil y Comercial Nacional.

 

Este proyecto modifica aspectos fundamentales de Derechos Humanos de las personas más vulneradas e invisibilizadas durante décadas. Aparece en franca contradicción con los derechos y directrices emanadas de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, oponiéndose al modelo social de discapacidad.

En consonancia con lo planteado por distintas organizaciones y organismos de salud, se observan como puntos más preocupantes que:

* Modifica la concepción de la salud mental y la reduce a una perspectiva biologicista, insuficiente para un tratamiento integral de los padecimientos mentales.

* Reinstala el manicomio, bajo el nombre de Hospitales Especializados en Psiquiatría y Salud Mental.

* Admite el aislamiento, de comprobada iatrogenia.

* Reinstala el concepto de “peligrosidad”, sustituyendo el requisito de “riesgo cierto e inminente de daño para sí o para terceros”.

* Lesiona y desnaturaliza el derecho a una defensa técnica de las personas

* Reinstala la lógica del modelo tutelar de sustitución de la voluntad.

* Quita de la competencia del Ministerio Público de la Defensa la designación de la máxima autoridad del Órgano de Revisión de la Ley y se la adjudica al Ministerio de Salud de la Nación, quién ejercería un control sobre si mismo. A la vez, impone una nueva conformación plenaria y modalidad en la toma de decisiones que desequilibra la pluralidad de sectores. Todo lo cual afecta seriamente la independencia e imparcialidad del Órgano de Revisión cuya función primordial es garantizar el cumplimiento de los derechos reconocidos a las personas usuarias del sistema de Salud Mental.

Por todo lo expuesto, el Órgano de Revisión de Salud Mental de la Provincia de Entre Ríos -integrado por: Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos; Secretaria de Justicia del Gobierno de Entre Ríos; Ministerio Público de la Defensa de Entre Ríos; la Asociación de Usuarios, Familiares y Amigos de la Salud Mental (AUFASaM), en representación de las asociaciones de usuarios y/o familiares del sistema de salud; el Colegio de Psicólogos de Entre Ríos, en representación de las asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud, y la Asociación Hijos Regional Paraná, en representación de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos-, requiere al Poder Ejecutivo Nacional que no avance en proyectos como el que se objeta por medio de la presente, que menoscaban las conquistas en materia de derechos humanos.