Rodríguez Allende: «La figura de coacción es extralimitada»

En una entrevista exclusiva con Agenda Abierta, el abogado de UPCN, Marcos Rodríguez Allende contó detalles de la audiencia y sus apreciaciones de la causa contra los dirigentes del gremio, denunciados por la directora del Hospital Colonia de Salud Mental de Diamante.

Por Pablo Churruarín

El abogado defensor de los dirigentes de UPCN denunciados, Marcos Rodríguez Allende, manifestó que “la figura de coacción dentro del marco de la investigación y de esta causa específica es una figura extralimitada. No se corresponde de ninguna manera con el accionar de los miembros de UPCN hacia la directora del nosocomio. Los fiscales optan por la máxima figura, que supera holgadamente a lo que sería una amenaza simple». El letrado consideró que «en todo caso tendríamos que estar discutiendo si hubo una amenaza, pero lo de coacción debe ser absolutamente descartado como figura penal. Evidentemente los fiscales empiezan por más, para después negociar una figura menor; esa es la táctica de siempre”.

Los abogados del gremio consideran que la directora del Hospital Colonia de Salud Mental de Diamante, Noelia Trossero, ilegítimamente y haciendo abuso de sus funciones había despedido a la enfermera Yanina Migueles, una trabajadora que se desempeñaba como suplente extraordinaria desde el año 2013 y era delegada gremial, lo que por ley se le confieren diversos fueros gremiales como por ejemplo la imposibilidad de ser trasladada. La semana anterior a los hechos que se investigan, la directora la había trasladado a otra sala y el sindicato intervino para que no fuera trasladada. Luego, el día viernes, violando las normas de procedimientos administrativos se notifica a la enfermera de un cese que consideran «ilegal e ilegítimo». Recordemos que la única forma de despedir a un agente de la administración pública es a través un sumario administrativo. En el caso de un enfermero que realiza una suplencia extraordinaria, el único que puede nombrar o dejar cesante a un trabajador es el gobernador o por vía de excepción a través de una resolución ministerial.

Los abogados del gremio remarcan que un director de un nosocomio no tiene ninguna potestad para nombrar o dar un cese a un trabajador. A esta trabajadora no la han reincorporado pese a la resolución ministerial que resolvió favorablemente al recurso que presentó UPCN. La directora le endilga abuso de autoridad al exministro pero, según el gremio, es ella la que realiza ese abuso de autoridad, primero queriendo trasladar a esta trabajadora, luego dándole el cese y por último no acatando la resolución de reincorporación. UPCN denunció en reiteradas oportunidades la persecución laboral que venía sufriendo esta trabajadora. En este sentido la directora dice que hay dos sumarios administrativos pero los abogados de UPCN lo desmienten: “No hay ningún sumario en el ministerio contra esta trabajadora”.

Según sus abogados, José Zarza se presentó el día lunes en el nosocomio en representación de la Comisión Directiva y solicitó mantener una reunión con la directora y su equipo directivo para explicarles que ella no tenía atribuciones para despedir a la trabajadora. En ese momento la directora no lo quiso atender y solo aceptaría una asamblea con todo el personal, que Zarza desestimó ya que tenían que discutir un hecho puntual y no algo que sea de competencia del resto del personal. Cabe recordar que después de ese fallido encuentro la directora hace la denuncia ante la fiscal Mariana Darrichón, hija del diputado provincial y exintendente diamantino, donde manifiesta que Zarza la empuja, la “aprieta” y la quiere obligar a que reincorpore a la enfermera Migueles.

Durante su declaración, Carina Domínguez, secretaria gremial de UPCN, manifestó que el día miércoles, junto con José Zarza y la señora Zunilda Suárez, que es delegada gremial y además es enfermera, se apersonaron en el hospital con una copia de la resolución pretendiendo hablar con la directora para tratar de llegar a un acuerdo y reincorporar a la trabajadora cesanteada. Como estaba tan conflictiva la situación, ya que si bien UPCN no había recibido formalmente ninguna notificación de la denuncia, había escuchado trascendidos periodísticos, Carina Domínguez, que tiene uno de los cargos más altos de la Comisión Directiva, se pone al frente de la comitiva y actuaría como garantía para evitar conflictos, ya que Domínguez es una dirigente con una trayectoria intachable.

Cuando llegan al hospital se encuentra con más policías de lo normal. Además del policía de la garita que los recibe y los acompaña hacia adentro del hospital, en el hall de la dirección había tres policías más. Al rato ya eran cinco o seis policías. Le preguntan los datos personales y otro policía le toma una foto. También había presencia de medios de comunicación. Domínguez estaba adelante y Zarza y Suárez estaban más retirados y en ningún momento tuvieron contacto con la directora del nosocomio. Mientras tanto los policías entran y salen de la dirección. Los representantes de UPCN estaban evaluando si se quedaban a esperar o se retiraban, ya que no recibían respuestas y en un momento vuelve el policía que le había pedido los datos y le comunica que está detenida. Al preguntar la razón le explican que es una orden de la fiscalía ya que hay una denuncia de la directora, y se procede a la detención y traslado de los dirigentes.

Rodriguez Allende consideró que “evidentemente el rol que jugó UPCN es el rol que debe jugar cada gremio, que es proteger a sus trabajadores, al empleado público y en este caso a una enfermera que era delegada gremial. El hecho que UPCN haya tenido una copia de la resolución en la cual se reincorporaba a esta trabajadora es porque el gremio era el peticionante en ese expediente» y debió llevar esa resolución personalmente porque la directora manifestó que la recibida por fax no tenía los sellos legibles. “UPCN actuó dentro del marco de sus atribuciones. Como gremio hizo lo que tenía que hacer” manifestó el abogado.

En la acusación la fiscalía manifiesta que hay un delito de coacción en flagrancia. La coacción es amenazar o amedrentar a alguien, es exigirle a alguien algo bajo la fuerza y es agravada cuando es cometida contra un funcionario. En flagrancia significa que se está ejecutando en ese preciso instante. «En este caso nunca hubo una amenaza, los detuvieron por el solo hecho de haber llegado al hospital. Los acusan de patoterismo pero ni Carina Domínguez ni Zunilda Suárez fueron con una actitud patoteril. A Zarza lo condena su cuerpo porque mide como dos metros», manifestaron.

En relación a Fabián Monzón, secretario adjunto y número dos del gremio, y Guillermo Barreira, también miembro de la Comisión Directiva, cuando llegan al nosocomio el mismo día miércoles, dejan el vehículo afuera e ingresan por la calle de acceso caminando. En ese momento ven tres o cuatro patrulleros, camionetas y motos saliendo con los dirigentes de UPCN en su interior. Ante esto detienen el convoy para interiorizarse de la situación y se produce un altercado con la policía en la que resulta detenido primero Monzón y posteriormente Barreira, acusados de resistencia a la autoridad, a lo que la fiscalía agregó la figura de amenazas por los insultos de Monzón al accionar policial

En relación a la audiencia del viernes, como era una audiencia multipropósito, consideraron que no se podía hacer declarar a cinco personas. Por esa razón declaró Carina Domínguez y Fabián Monzón y los demás se abstuvieron. En los próximos días pedirán la ampliación de la indagatoria para que pueda declarar el resto. En esa audiencia se dicen cuales son los cargos que se imputan, se decide la prisión preventiva, si hay producción de pruebas y se definen las fecha para la conclusión de esta primera parte en donde se decide si hay juicio o no. Con el nuevo código penal el fiscal lleva el impulso de la investigación y en esta etapa el juez no hace un juicio de valor del hecho. Con que haya una presunción o algún indicio, el juez acepta o no la preventiva.

El abogado de UPCN manifestó en declaraciones a Agenda Abierta que “la medida restrictiva fue propuesta por esta defensa cuando el fiscal pretendía una prisión preventiva en la Jefatura Departamental. Como alternativa, y para apaciguar un poco los ánimos, estimo que la prisión preventiva domiciliaria por 15 días es razonable, más allá de la calificación legal, así que no vamos a apelar eso porque es lo que nosotros le propusimos al juez de garantías”. Para las mujeres en cambio la única restricción a la libertad que les aplicaron es que no se pueden acercar a la ciudad de Diamante.

Imputación al exministro

“En el caso del exministro De la Rosa creo que ha sido absolutamente injusto endilgarle una responsabilidad de tamaña envergadura, que en principio estaría calificado como coacción agravada por la condición de funcionario público. Por lo que hay en el legajo y por la denuncia de la directora sería todo en base a un llamado telefónico donde De la Rosa la intima a que cumpla, cuestión que con su rango ministerial lo podía hacer. Creo que no puede prosperar de ninguna manera esa figura penal. Ninguna conducta delictiva ha cometido De la Rosa y el solo hecho de la imputación le trae consecuencias irreparables, que ha provocado su renuncia con todo el daño que esto ocasiona”, manifestó el abogado.