Las sanciones oscilan entre las 50 y 300 Unidades Fijas, equivalentes al importe de 1 litro de nafta súper por unidad. El proyecto es autoría del concejal Emanuel Gainza, en respuesta al incumplimiento de otra norma sobre cajas para adultos mayores.

El Ejecutivo Municipal de Paraná promulgó la ordenanza N° 9572, autoría del concejal Emanuel Gainza, sancionada por el Concejo Deliberante de Paraná en la sesión del 27 de abril último. La norma establece multas que oscilan entre las 50 y 300 Unidades Fijas, equivalentes al importe de 1 litro de nafta súper por unidad, a aquellos supermercados que no cuenten con cajas exclusivas para la atención de personas mayores de 70 años.
Gainza ya había logrado la aprobación de la ordenanza N° 9404, que dispone entre otras cosas la apertura de cajas exclusivas para adultos mayores en supermercados. La norma fue promulgada el 7 de junio del año pasado, y el concejal realizó la campaña #LoMásGrandeSosVos promoviendo la adhesión de los supermercados. “Tenemos que destacar el acompañamiento que las empresas expresaron a favor, antes de la presentación de la ordenanza. Ahora que está vigente, necesitamos su implementación”, dijo al participar de la apertura de la primer caja en el supermercado de calle Larramendi. Sin embargo, estos grandes centros comerciales sólo cumplieron para la foto en algunos casos, y en la mayoría, ni eso. Ante esa situación el edil de Cambiemos presentó otra iniciativa para multar el incumplimiento generalizado de la mencionada ordenanza, que también fue aprobada y a partir del 31 de mayo tienen plena vigencia.
Las infracciones se juzgarán y sancionarán de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Faltas y Régimen de Penalidades para Faltas y el Órgano de Control de cumplimiento de lo dispuesto por la ordenanza 9572 será la Dirección de Habilitaciones Comerciales y/o la dependencia municipal que en el futuro lo reemplace.