Magistrados, funcionarios judiciales y abogados repudian el beneficio otorgado a represores de la dictadura. Algunos de ellos, condenados en Entre Ríos, podrían quedar en libertad si la Corte Suprema hiciera extensivo el 2×1.
Sigue recolectando rechazos el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que aplicó el dos por uno a un represor condenado por crímenes de la dictadura, a pesar de que se trata de una herramienta procesal que rigió en un período en que estaban libres y sin proceso judicial, durante la vigencia de las leyes de impunidad.
A la concentración que realizaron el jueves los organismos de derechos humanos se sumaron expresiones de magistrados, funcionarios judiciales y abogados, que se manifestaron en contra del criterio del máximo tribunal que consideró aplicable el dos por uno como “ley penal más benigna” para un represor de la dictadura.
Las críticas llegaron desde distintos sectores, desde el gobernador, hasta la presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), pasando por organismos estatales, legisladores nacionales y provinciales, entre otros, como ya se ha reflejado.
Las personas que recibieron condena en Entre Ríos, represores e involucrados en el robo de hijos de desaparecidos podrían verse beneficiados, podrían quedar en libertad si la Corte Suprema hiciera extensivo el nuevo criterio que declaró aplicable el dos por uno para la prisión de un condenado por delitos de lesa humanidad.
Querellantes desconcertados
Entre los abogados que llevan adelante querellas por delitos de lesa humanidad las sensaciones fueron de indignación y desconcierto.
Ana Lucía Tejera dijo sin ambages que “el fallo es bastante difícil de explicar en lo jurídico, no así en lo ideológico, porque se enmarca en el pedido de reconciliación que hizo la Iglesia Católica cómplice de la dictadura y en el fallo de la misma Corte Suprema que establece que los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no son vinculantes para la Argentina, cosa que también repudiamos. De manera que este no es un fallo aislado, sino en el marco de algo pensado previamente”.
También el coordinador del Registro Único de la Verdad, Marcelo Boeykens, manifestó su “enérgico repudio” al fallo del máximo tribunal; dijo que “viene a sembrar nuevamente la inseguridad jurídica echando por tierra doce años de jurisprudencia pacífica” y lo calificó como “una medida eminentemente política, jurídicamente arbitraria, no ajustada a derecho y éticamente reprochable”.
En el mismo sentido, José Iparraguirre, abogado de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, no dudó en calificar el fallo como “vergonzoso” y “claramente inconstitucional porque representa una afrenta directa a los pactos internacionales que expresamente prohíben el otorgamiento de cualquier tipo de beneficio como indulto y conmutación de penas” para acusados por crímenes de lesa humanidad.
Rubén Pagliotto, querellante en el juicio por delitos cometidos en Concepción del Uruguay, Concordia y Gualeguaychú, dijo estar “indignado” por el fallo. Pero explicó que “se trata de un fallo que es incorrecto desde el punto de vista jurídico porque no se trató de un delito común, sino de uno de los considerados de lesa humanidad que, por tal motivo, es imprescriptible e inanmistiable y, por lo tanto, no es posible aplicar la ley del dos por uno” e insistió en que “la propia naturaleza de estos delitos hacen impracticable los beneficios de la ley derogada”. También cuestionó que “se equiparan erróneamente estos delitos de lesa humanidad con los delitos comunes”.
El Caso Appiani
Tras el fallo de la Corte Suprema, la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad comenzó a hacer un análisis preliminar tendiente a proyectar los efectos que podría tener la decisión en la práctica.
El ex militar y abogado Appiani, que cumple una condena de 20 años de prisión por crímenes que fueron juzgados en la megacausa Área Paraná, lo planteó por primera vez en junio del año pasado. El planteo fue rechazado primero por los fiscales José Ignacio Candioti y Mario Silva; luego por el juez Leandro Ríos y por último por la Cámara Federal de Apelaciones, en la revisión de la sentencia.
El fiscal Candioti consideró que “la Ley Número 24.390, conocida como ‘ley del dos por uno’ no es aplicable porque no estaba vigente al momento de la comisión de los gravísimos delitos de lesa humanidad ni al momento del juzgamiento de tales crímenes” y aportó como dato revelador que “el precedente que invocaba Appiani y que también invoca (Luis) Muiña (el represor beneficiado por el fallo de la Corte Suprema) no correspondía, porque los delitos en aquel caso habían sido cometidos durante la vigencia de la ley, por lo tanto, había un supuesto fáctico distinto”, explicó.
En diálogo con EL DIARIO, Candioti apuntó además que “aplicar la herramienta procesal del dos por uno para los condenados por delitos de lesa humanidad sería contrariar el derecho internacional de derechos humanos que prescribe la obligación del Estado de perseguir, investigar y sancionar este tipo de crímenes, y hacerlo adecuadamente” y agregó que “con la aplicación de este beneficio se estaría rehuyendo sustancialmente la sanción penal impuesta y desnaturalizando la mensuración de la pena realizada por los jueces”.
Otras voces críticas
También la Asociación Pensamiento Penal, que en la provincia integran, entre otros, Miguel Cullen y Guillermo Vartorelli, emitió un documento en el que cuestionó severamente el fallo de la Corte Suprema: “Los debates jurídicos miopes, acotados al caso individual y el adecuado encuadre legal, impiden visibilizar que, detrás de ello, en el derecho hay política. Siempre hay política. La frecuencia con que, a los mismos de siempre, el poder punitivo se le presenta cada vez más amenazador, es inversamente proporcional a las interpretaciones restrictivas que reciben otros”, consignó la entidad. “No es menor, en este contexto, que Muiña no es sólo Muiña, y que eso es evidente para todos. Existen numerosos casos, todos vinculados a delitos cometidos en la última dictadura cívico-militar, que recibirán la aplicación automática de este precedente. Frente a quienes declaman que el derecho es neutral, estas situaciones nos recuerdan que todos somos iguales ante la ley, pero que algunos son más iguales que otros”, remarcaron los abogados penalistas.
El documento expresa la preocupación por “la interpretación que plasma el fallo de la Corte Suprema porque resulta contrario a las políticas y a la defensa de los derechos humanos sustentadas hasta el presente” y califica al fallo como “un retroceso y el camino hacia la consagración de la impunidad en delitos de lesa humanidad”, a la vez que “es una decisión política que expone a la Argentina en su política de derechos humanos y la coloca en una situación internacional comprometida y vergonzosa”. Asimismo, rechazó el indulto o amnistía para los delitos de lesa humanidad y concluyó: “No hubo dos demonios. Hubo un infierno. Nunca Más”.
El abogado Juan Antonio Tardelli, de extracción radical y que fue defensor de presos políticos durante la represión ilegal, afirmó que el fallo es “extremadamente preocupante”, consideró que “ha provocado un estrépito social por afectar padecimientos y heridas subsistentes, secuelas de las atrocidades de la dictadura militar” y resaltó que “se trata de un pronunciamiento inoportuno, intempestivo e incorrecto que no ha valorado los efectos consecuenciales de su contenido”.
Por Juan Cruz Varela / Fuente: El Diario