Diputados aprobaron la quita de la patria potestad a femicidas

Las causas de la privación automática de la responsabilidad parental son, homicidio agravado por el vínculo, femicidio, lesiones gravísimas y abuso sexual del hijo por parte del progenitor. El proyecto llegó con media sanción del Senado y volverá allí tras las modificaciones.

La Cámara de Diputados de la nación aprobó este miércoles con modificaciones un proyecto que establece la privación de la responsabilidad parental (ex patria potestad) para los homicidas de sus parejas, involucrando a ambos progenitores, con lo que el proyecto volverá así al Senado para su sanción definitiva.

Los cuatro hechos aberrantes que implican la pérdida automática de la responsabilidad parental, según el proyecto aprobado, son los de homicidio agravado por el vínculo, por violencia de género, lesiones gravísimas y abuso del hijo o hija.

Tras una ardua discusión, el texto fue alterado en la Cámara baja para que la suspensión de la responsabilidad parental se aplique cuando se dicte el procesamiento, salvo cuando se trate de una mujer que, en legítima defensa, mate a su pareja. Es decir, si el homicidio fue cometido por la mujer hacia el hombre pero hubiera existido violencia de género previa.

El presidente de la Comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky, defendió el proyecto que modifica el Código Civil y Comercial respecto de la responsabilidad parental para casos de femicidios, que justificó como una reacción del Parlamento frente a situaciones “aberrantes de niños que quedaron a cargo del asesino de sus madres”.

“Está claro que la recuperación del niño no se puede dar si está a cargo de quien asesinó a su madre”, explicó el legislador al destacar la modificación que él impulsó y que prevé la pérdida automática de la responsabilidad parental. “Estamos sacándolo de ese ámbito donde se está criando con la persona que asesinó a su madre”, señaló el legislador del Pro.

Compartió el tiempo de intervención con la diputada radical Alejandra Martínez, titular de la Comisión de Familia, quien calificó la modificación como “una deuda” y elogió el trabajo “muy comprometido” de sus pares para tratar ese tema. En su caso, puso como ejemplo el caso de Maricel Sambrano, quien fue asesinada el 13 de julio de 2008. La justicia le concedió apenas 5 años de prisión a su pareja, el autor del crimen, y si bien la hija de ambos está a cargo de la abuela, la Justicia dispuso un régimen de visitas como si se tratara de un divorcio.

“La cuestión de la pérdida de la responsabilidad parental está contemplada en el Código Civil, pero para eso hay que iniciar un trámite en la Justicia que lleva varios años; entonces se trata de una revictimización”, expresó la legisladora jujeña.

Durante el debate, las diputadas Araceli Ferreyra y Victoria Donda Pérez expresaron ciertas críticas al proyecto, por considerar que no reconoce la figura del femicidio, cosa a la que luego adhirió la diputada Soledad Sosa.

El proyecto ya cuenta con media sanción del Senado, pero la instancia del procesamiento no estaba contemplada en el proyecto aprobado allí, por lo que, con el cambio previsto por los diputados, el texto volverá a la Cámara de origen, donde hay acuerdo por parte de la titular de la Comisión de Banca de la Mujer, Marina Riofrío, para conceder esta modificación.

Los cuatro supuestos en los que se aplicará la privación automática de la responsabilidad parental son homicidio agravado por el vínculo, femicidio, lesiones gravísimas y abuso sexual del hijo por parte del progenitor.

Los dos casos emblemáticos que reactivaron la necesidad de que el Congreso sancione esta ley fueron los de Rosana Galeano y de Wanda Tadei, cuyos familiares estuvieron presentes en la conferencia de prensa.

Fuente: Parlamentario.com