Requisitos para participar en la Audiencia Pública por el transporte urbano de Paraná

El intendente Sergio Varisco envió al Concejo Deliberante el Decreto de convocatoria, con la cual buscará “una auténtica legitimación de la decisión a adoptar”. Hay dudas respecto a la fecha de realización.

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Por Pablo Urrutia.

En la sesión ordinaria en período de prórroga del Concejo Deliberante de Paraná, se dio lectura del Decreto 2491 que dispone la convocatoria a Audiencia Pública por el transporte urbano de pasajeros de la ciudad, servicio próximo a licitarse. Los usuarios podrán manifestar su inquietudes, sugerencias y críticas, basándose en el Pliego de Condiciones para la Licitación.

El Decreto del Ejecutivo Municipal, se basa en la Ordenanza 8276, que regula la Audiencia Pública y le da potestad para realizar la convocatoria, y en el artículo 51º de la Constitución de Entre Ríos.

Según se expresa en los considerandos, “el objeto de esta instancia es que la autoridad responsable de tomar la decisión de gobierno acceda a las distintas opiniones sobre el tema en forma simultánea y en pie de igualdad a través del contacto directo con los interesados”, aunque cabe acotar que la Audiencia, no es vinculante. Desde el Ejecutivo, estiman que la Audiencia “generará un intercambio enriquecedor del cual no puede surgir otra consecuencia que una auténtica legitimación de la decisión a adoptar así como una necesaria transparencia hacia la ciudadanía en la prestación del servicio y las condiciones del mismo”.

En este punto, es de mencionar que la fecha elegida, el 29 de diciembre, fue considerada, por los concejales del Frente Para la Victoria, un inconveniente para lograr una amplia participación ciudadana. Ello,  debido a las fiestas del último mes del año y el comienzo de las vacaciones para muchos. Por ese motivo, en la sesión del pasado 22 de diciembre, ingresaron por mesa de entradas un pedido de prórroga, solicitando que la fecha se traslade al mes de enero, al término del receso.

La titular del bloque, Cristina Sosa, en declaraciones a APF, consideró que “para que esa participación ciudadana tenga la valía que el mismo Intendente plantea, tiene que ser efectiva”, e interpretó que “el 29 de diciembre todos los ciudadanos estarán preparándose para las fiestas, son muy pocas las organizaciones que van a tener la posibilidad de participar efectivamente”.

La presentación de los ediles de la oposición, pone en dudas la fecha de realización de la Audiencia Pública, que tendrá lugar en el Salón Mariano Moreno del Concejo Deliberante de Paraná, sito en calle Corrientes y Andrés Pazos, a las 10:00. De igual manera, los requisitos para participar son la previa inscripción, que comenzó el 9 de diciembre y se extenderá hasta el 26, en las dependencias de la Secretaría de Relaciones Institucionales, ubicadas en calle 9 de Julio 71, de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 de lunes a viernes. En el caso de ciudadanos particulares, deberán concurrir con su DNI y una copia del mismo, además de la documentación que consideren pertinente aportar y de la que harán uso en la Audiencia. En tanto que las personas jurídicas participarán por medio de sus representantes legales o apoderados, debiendo acreditar el registro con la presentación de copia certificada de la designación o mandato. En ambos casos completarán una planilla de Registro de Participantes, puesta a disposición del público en las mencionadas oficinas.

La participación en la Audiencia es abierta al público pero sólo podrán exponer los que se hayan acreditado previamente en el Registro de Participantes, y se tendrá en cuenta la capacidad del Salón Mariano Moreno.

Este es el texto completo del Decreto 2491 de convocatoria a Audiencia Pública por el transporte urbano de pasajeros de Paraná:

Artículo 1º: Convóquese a Audiencia Pública en los términos de la Ordenanza Nº 8276, con el objeto de conocer la opinión de los usuarios y debatir asuntos concernientes al servicio de transporte urbano de pasajeros en el ámbito de jurisdicción de la Municipalidad de Paraná.

Artículo 2º: La Audiencia Pública se efectivizará el día 29 de Diciembre del corriente año en el Salón Mariano Moreno del Honorable Concejo Deliberante, sito en Corrientes y Andrés Pazos de esta Ciudad de Paraná, a las 10 hs del mencionado día.

Artículo 3º: La Secretaría Legal y Técnica convocará a la Secretaría de Servicios Públicos, Secretaría de la Función Pública y Modernización, Secretaría de Medios y Comunicación Ciudadana, coadyuvar con todos los aspectos organizativos en la preparación de la Audiencia.

Artículo 4º: El expediente correspondiente a la convocatoria de Audiencia Pública, estará a disposición de la ciudadanía en dependencias de la Secretaría de Relaciones Institucionales, sita en calle 9 de Julio 71, para consultas u obtención de copias, en el horario de 8:00 a 12:00 de lunes a viernes. Las copias que el ciudadano requiera serán a su costo.

Artículo 5º: La Audiencia será de libre asistencia del público, de acuerdo a las capacidades físicas, pero sólo podrán participar en el sentido definido por el artículo 11º de la Ordenanza Nº 8276, quienes se inscriban previamente en el Registro de Participantes que se abrirá y funcionará en dependencias de la Secretaría de Relaciones Institucionales de la Municipalidad de Paraná.

Artículo 6º: El Registro para participar y recibir los documentos que los inscriptos quisieran presentar en relación al tema a tratarse quedará habilitado desde el día 9 de Diciembre a partir de las 10:00 horas hasta el día 26 de Diciembre a las 10:00 horas. La inscripción se realizará en el formulario que forma parte del anexo presente, debiendo entregarse constancia de la inscripción como participante interesado y de la documentación presentada.

Artículo 7º: Será requisito para la inscripción como participante de la Audiencia presentar copia del Documento Nacional de Identidad. Las personas jurídicas participarán por medio de sus representantes legales o apoderados, debiendo acreditar tal representación con la presentación de copia certificada de la designación o mandato.

Artículo 8º: Dictado el presente, la Secretaría Legal y Técnica dberá publicar la convocatoria a Audiencia Pública con antelación no menor a veinte días de la fecha fijada para su realización, en dos diarios de mayor circulación, indicando de manera destacada, al menos:

  1. La autoridad convocante de la Audiencias;
  2. Una relación del objeto;
  3. El lugar, día y hora de la celebración de la Audiencia;
  4. Los plazos previstos para la inscripción de los participantes y presentación de la documentación;
  5. El domicilio y horario de la Secretaría de Relaciones Institucionales, sita en calle 9 de Julio 71, donde se realiza la inscripción de los interesados y se puede tomar vista del expediente;
  6. Las autoridades de la Audiencia

 

Artículo 9º: El día 27 de Diciembre de 2016, la Secretaría Legal y Técnica deberá publicar y poner a disposición de los participantes y el público en general, el orden del día, el que deberá cumplir con las formalidades previstas por el art. 24 de la Ordenanza 8276.

Artículo 10º: Deberán estar presentes en la Audiencia Pública, el Secretario de Servicios Públicos y el Subsecretario de Planeamiento. Presidirá el titular del Departamento Ejecutivo y lo sustituirán los Secretarios de la Función Pública y Modernización, Legal y Técnico y la titular del Consejo Económico y social, durante las horas de su desarrollo.

Artículo 11º: Cúrsese invitación para participar como expositores a la Audiencia Pública en los términos del artículo 13, último párrafo, de la Ordenanza 8276, al Director de Transporte de la Provincia de Entre Ríos, a la Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante, al Defensor del Pueblo de la ciudad de Paraná, a los Secretarios y demás miembros del Gabinete Municipal, a la Sra. Presidente de la Comisión de Servicios Públicos y demás miembros de a Comisión de Servicios Públicos del Honorable Concejo Deliberante y a los señores Concejales de la Ciudad de Paraná.

Artículo 12º: Dispónese que por la Secretaría de Medios y Comunicación Ciudadana se instrumente lo necesario para la transcripción taquigráfica o grabado magnético o audiovisual de la Audiencia, la que se agregará al expediente.

Artículo 13º: Impútese al presupuesto vigente de la Secretaría de Medios y Comunicación Ciudadana, los recursos que demande la instrumentación y desarrollo de la Audiencia Pública convocada por el presente.

Artículo 14º: Facúltese a la Secretaría Legal y Técnica, como Organismo de Implementación de la Audiencia Pública, a dictar todas las normas complementarias y reglamentarias del presente, para la eficaz ejecución de la Audiencias convocada.

Artículo 15º: El presente será refrendado por la Secretaría de Medios y Comunicación de la Municipalidad de Paraná, conforme al artículo 26 de la Ordenanza 8276.

Artículo 16º: Regístrese, Comuníquese y archívese.

Firman: el secretario de Medios y Comunicación Ciudadana de la Municipalidad, José Ángel Escobar; el intendente Sergio Fausto Varisco; y la directora de Despacho de Presidencia Municipal, Mónica Beatríz Firiz.