El Municipio deberá realizar estudio ambiental para la reubicación del Volcadero

Así lo resolvió La Jueza María Andrea Morales. Hasta que no se realice la evaluación que deberá garantizar la participación ciudadana, la municipalidad no podrá llevar adelante el proyecto presentado. Dió un plazo de 60 días.

volcadero

En el marco del proceso caratulado “Foro Ecologista de Paraná c/Municipalidad de Paraná s/ejecución de sentencia”, la Municipalidad de Paraná informó finalmente sobre el proyecto para la gestión integral de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU), dando cuenta de la ubicación del predio adquirido para ser destinado como “centro de disposición final”, en calle Juan R. Baez N° 3.135.

La Jueza Civil y Comercial Nº 8 de Paraná, Dra. María Andrea Morales, resolvió que dicho proyecto no podrá iniciarse hasta tanto no se cumplimente con los procedimientos constitucionales y legales de evaluación del estudio de impacto ambiental por la autoridad de aplicación competente. En dicho estudio, deberán garantizarse mecanismos de participación ciudadana en instancias públicas de discusión y debate. El Municipio tendrá un plazo de 60 días para cumplir con los dispuesto por la Justicia.

En el texto emitido por la magistrada local, se resuelve: “Emplazar a la Municipalidad de Paraná para que en el plazo de sesenta (60) días de notificada de la presente, proceda a dar inicio formal al procedimiento legal de evaluación del estudio de impacto ambiental (EsIA) del proyecto presentado para el cumplimiento de lo ordenado en la resolución judicial, no pudiéndose dar inicio al mismo hasta tanto no contar con la pertinente aprobación de la autoridad de aplicación competente en la materia. Ello, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones conminatorias que, en su caso, correspondan”.

Asimismo la Magistrada estableció que “en el procedimiento legal de evaluación de impacto ambiental deberá llevarse a cabo algún mecanismo de participación ciudadana en una instancia pública de discusión y debate, susceptible de ser considerada por la autoridad de aplicación en oportunidad de emitir la resolución pertinente, para lo cual y en forma previa, la Municipalidad de Paraná deberá brindar información adecuada, veraz e imparcial sobre el proyecto presentado como “Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos para la Provincia de Entre Ríos, Préstamo BID 1868/OC-AR”, destinado esencialmente a la clausura del sitio actual de disposición final de los RSU –denominado Volcadero- y a la ubicación del centro de disposición final en el predio adquirido para tal fin, ubicado en calle Juan R. Baez N° 3.135 de esta ciudad”.