Este martes se trabajará en comisiones el proyecto que crea, como ente autárquico descentralizado, el Consejo de Prevención y Asistencia de las Violencias y de Coordinación de Política de Género (Coprev)
La Comisión de Legislación de la Cámara de Diputados, en conjunto con la Banca de la Mujer se reunirán este martes a las 9 y se debatirá el proyecto del Ejecutivo que dispone la creación, “como ente autárquico descentralizado, del Consejo de Prevención y Asistencia de las Violencias y de Coordinación de Políticas de Género (Coprev) con asiento en la ciudad de Paraná, con competencia en todo el territorio de la provincia y delegaciones en cada departamento”, señala el primer artículo de la iniciativa, en la que se agrega que “se relacionará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Desarrollo Social”.
Funcionará “bajo la conducción de un Presidente que será secundado por un Secretario General, quienes serán designados por el Poder Ejecutivo”, dispone el proyecto que ya tiene media sanción del Senado.
“En la órbita del Consejo funcionará una mesa intersectorial como órgano honorario, con especialidad en la materia, conformada por: un representante de cada uno de los ministerios; un representante de cada una de las cámaras del Poder Legislativo de la Provincia; un representante del Poder Judicial; un representante del Ministerio Público de la Defensa; un representante del Ministerio Público Fiscal; un representante por las entidades sindicales o gremiales; un representante por cada universidad; un representante por cada colegio de profesionales afines; y un representante por cada organización no gubernamental dedicada a la temática, quienes revistarán la calidad de consejeros que desarrollarán sus tareas ad-honorem.
En el artículo 4º del proyecto se indica que “en la órbita del Consejo de Prevención y Asistencia de las Violencias y de Coordinación de Políticas de Género (Coprev) funcionará el ‘Hogar de Protección Integral para mujeres en situación de Violencia de Paraná’, conforme al convenio celebrado con el Consejo Nacional de las Mujeres, ratificado mediante Decreto 3.071/13 y todos aquellos de similar y análoga naturaleza que se creen en el territorio y jurisdicción provincial”.
Funciones del Coprev
El artículo 5º del proyecto da cuenta de las “funciones y facultades” que tendrá el Consejo de Prevención y Asistencia de las Violencias y de Coordinación de Políticas de Género (Coprev), a saber:
- Desarrollar y diseñar políticas públicas de carácter institucional destinadas a promover la igualdad de género y contribuir a la eliminación de toda forma de discriminación.
- Propiciar la promoción y fortalecimiento de acciones y estrategias vinculadas a la prevención, protección y asistencia integral de las situaciones de violencia.
- Promover el trabajo articulado, la participación, la corresponsabilidad y la comunicación fluida entre los distintos organismos y entidades gubernamentales y no gubernamentales.
- Construir el segundo nivel de intervención, teniendo como objetivo brindar asesoramiento y asistencia integral a personas, instituciones, organizaciones de la sociedad civil, equipos técnicos de reparticiones públicas y privadas, en temas vinculados a la violencia y promoción de los derechos humanos de los sectores vulnerables.
- Realizar convenios de cooperación y asistencia recíproca con organismos internacionales, nacionales, municipales, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, entidades gremiales, colegios de profesionales, a fin de concretar su cometido.
- Gestionar y organizar actividades de sensibilización, concientización, capacitación y entrenamiento asociadas a la temática.
- Realizar todas las acciones cuya naturaleza permita optimizar, profundizar y avanzar en el abordaje de la problemática de la violencia y la transversalización de las políticas de género.
- A través de la Mesa Intersectorial se encargará del estudio, análisis y revisión y seguimiento de las políticas públicas, protocolos, y demás dispositivos vigentes y a crearse, sus ejes temáticos, de las acciones intermedias que se desarrollen en virtud de la aplicación de los mismos.
- Asesorar al Ejecutivo y Legislativo de la Provincia, proponiendo el desarrollo de acciones en el ámbito de su competencia y la sanción de normas de nivel provincial en temas vinculados a la presente ley.