Dos días después de la decisión de la Corte Tucumana, liberaron a la mujer presa hace dos años por un aborto espontáneo. El máximo tribunal deberá definir sobre la condena de la Sala III.
Por Mariano Osuna
Pasaron 48 horas de la resolución de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán que establece la automática puesta en libertad de la joven condenada a ocho años de prisión.
Belén, nombre que se utiliza simbólicamente para resguardar su identidad, deberá esperar la definición final de la Corte Suprema sobre el fallo que sentenció a la mujer tucumana.
La Sala III de la Cámara Penal, integrada por los jueces Dante Ibañez, Néstor Macoritto y Fabián Fradejas, condenó a la joven, mediante un proceso judicial irregular, a 8 años de prisión por “homicidio doblemente agravado y por alevosía”. Las presentaciones públicas, legislativas y judiciales, organizadas por diferentes espacios de derechos humanos y movimientos feministas, fueron el reflejo de la creciente visibilidad del hecho en la agenda pública.
Como informó Agenda Abierta, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas notificó al Estado argentino la necesidad de “revisar el caso de Belén”. El jueves 28 de julio pasado, once organizaciones, que abarcan a Católicas por el derecho a decidir, el CELS, las y los legisladores de la nueva izquierda, Andhes y Amnesty, se presentaron frente a la Corte tucumana como amicus curiae, una figura jurídica que permite el involucramiento de terceros ajenos a un litigio en determinadas causas. Ese mismo día, los diversos espacios colectivos convocados elevaron un petitorio a Claudio Avruj, actual secretario de Derechos Humanos de la Nación, con el propósito de plantear iniciativas sobre este caso y también sobre las distintas situaciones judicializadas de mujeres por abortos. La Corte Tucumana recorre sus 90 días para expedirse sobre la cuestión de fondo.
Belén, fue condenada el 19 de abril, atravesada por situaciones de violencia institucional del sistema de salud público y del Poder Judicial después. El 16, apenas tres días antes del juicio, conoció a su abogada defensora. El fallo y sus fundamentos, fueron conocidos el 3 de mayo, por la Sala III, aunque sin lectura pública.