El Superior Tribunal de Justicia afirmó en su reciente fallo que los 13 amparos, presentados por la suba de la tarifa eléctrica, no constituyen la vía adecuada para debatir el tema. La exposición reclamaba que se retrotraigan los valores a diciembre de 2015.
«La Sala de Procedimientos Constitucionales recepcionó el argumento del gobierno provincial, el EPRE y las distribuidoras eléctricas y dispuso que dichos reclamos deben hacerse por la vía ordinaria», apuntó el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.
Todo comenzó en mayo cuando el Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) autorizó los incrementos de las tarifas eléctricas, en línea con los aumentos planificados a nivel nacional sobre algunos servicios públicos, en este caso la electricidad. Como respuesta, se presentaron 13 amparos que exigían a las distribuidores que que corrijan los valores teniendo como base los números de diciembre pasado.
«Desde el gobierno, el EPRE y las distribuidoras planteamos distintas defensas vinculadas a que el amparo no es la vía para discutir la tarifa eléctrica» señala Signes, expresando conformidad con la decisión del Tribunal de ratificar el denominado tarifazo. Además, mencionó que «se están conformando audiencias públicas informativas para que el EPRE y la Secretaría de Energía detallen las modificaciones en la política energética». Y agregó que el EPRE convocó a una de estas audiencias en Villaguay, y planea realizar otra en agosto, por lo que «la falencia de la realización de audiencias públicas que es otra cuestión planteada también por los actores como argumento de fondo, en realidad está siendo subsanada». Para finalizar, consideró que 13 amparos «no es una cantidad significativa teniendo en cuenta que en la provincia hay más de 70.000 usuarios del servicio».
Los argumentos del STJ
En el fallo, emitido este jueves por la Sala de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia, se expresa que «los aumentos de las tarifas de distribución de la energía eléctrica obedecen al incremento del costo de la energía, cosa que es imposible que a nivel de la provincia de Entre Ríos podamos gestionar porque son precios que ya vienen dados. Ahí no hay audiencia pública que valga, sino que es el precio que se establece a nivel del generador».
Por último, la decisión tomada por Bernardo Salduna, Carlos Alberto Chiara Díaz y Ramón Emilio Castrillón recomienda que estos reclamos se realicen por la vía ordinaria.